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Desde camino privado

Siempre que un conductor salga a una vía de uso público por un camino exclusivamente privado, debe asegurarse de que puede hacerlo sin peligro y efectuarlo a una velocidad que le permita detenerse en el acto, cediendo el paso a los vehículos que circulan por ella, cualquiera que sea el sentido en el que lo hagan.



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Domingo, 4 de Junio

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