Adelantamiento
Antes de iniciar un adelantamiento que requiera desplazamiento lateral, el conductor que se proponga adelantar deberá advertirlo con suficiente antelación con las señales preceptivas y comprobar que en el carril que pretende utilizar para el adelantamiento existe espacio libre suficiente para que la maniobra no ponga en peligro ni entorpezca a quienes circulen en sentido contrario, teniendo en cuenta la velocidad propia y la de los demás usuarios afectados.
- norma general
- por la derecha
- por la derecha en poblado
- con permanencia en carril
- a varios vehículos
- en vía de doble sentido y tres carriles
- antes de iniciar la maniobra
- prioridad del coche que va delante
- a un turismo que se encuentre adelantando
- ejecución de la maniobra (I)
- ejecución de la maniobra (II)
- a peatones, animales, motos y bicicletas
- obligaciones del conductor adelantado
- visibilidad reducida
- en un paso de peatones señalizado
- en una intersección